Las palabras y la vida
Alberto Martín Baró
En
plena votación de la reforma de la ley del aborto, líderes religiosos
ortodoxos, evangélicos, anglicanos, musulmanes y católicos han hecho pública
una declaración conjunta en la que defienden que “toda vida humana, en su
inviolable dignidad, debe ser protegida desde el principio hasta el fin”.
Esta
protección de la vida humana “desde el principio hasta el fin” plantea el
interrogante fundamental de cuándo se puede considerar “vida humana” lo
concebido por la mujer. En un extremo estarían quienes sostienen que solo el
nacido es un ser humano pleno con derecho a la vida y, en consecuencia, hasta
ese momento es lícito interrumpir el embarazo. En el otro extremo se encuentran
quienes afirman que el óvulo fecundado es ya vida humana. Entre estos extremos
cabría situar, en teoría, toda una serie de posturas para las que la vida
humana comenzaría en alguno de los diferentes estadios que se suceden desde la
fecundación hasta el alumbramiento del feto. En la práctica, las legislaciones
más extendidas sobre el aborto señalan algunos plazos concretos para los
supuestos en los que es lícito interrumpir la gestación. Así, de acuerdo con el
Artículo 14 de la Ley del Aborto aprobada por el Gobierno socialista de
Rodríguez Zapatero, “podrá interrumpirse el embarazo dentro de las primeras 14
semanas de gestación a petición de la embarazada, siempre que concurran los
requisitos siguientes: a) Que se haya informado a la mujer embarazada sobre los
derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad (…). B) Que
haya transcurrido un plazo de al menos tres días desde la información
mencionada en el párrafo anterior y la realización de la intervención”.
En
junio de 2010, el Partido Popular presentó un recurso contra varios preceptos
de dicha ley ante el Tribunal Constitucional. El 9 de febrero de 2023 el
Tribunal desestimó el recurso.
En
mayo de 2022 el Gobierno socialcomunista presidido por Pedro Sánchez aprobó un
proyecto de ley que recupera el aborto sin consentimiento a partir de los 16
años, elimina la obligación de recibir información sobre maternidad y la de
retrasar la decisión tres días a modo de reflexión como requisitos.
El
derecho de la mujer a disponer de su propio cuerpo es el principal argumento de
grupos políticos y sociales de izquierdas para permitir el aborto entre la
semana 14 y 22 del embarazo con la sola voluntad de la mujer libremente
expresada. La validez de este argumento dependerá de la respuesta que se haya
dado a la cuestión fundamental de cuándo se considera el feto un ser humano. En
el momento en que dentro del cuerpo de la mujer haya otro cuerpo humano, el
derecho a disponer del propio cuerpo quedará limitado.
No
faltan argumentos que niegan que el aborto sea un derecho de la mujer. Acabar
con un feto en la semana 22, arguyen, es técnicamente lo mismo que hacerlo en
la 25. El legislador interpreta, sin hacerlo explícito, que más allá de la
semana 22 el feto tiene derechos.
El
texto hecho público por los líderes religiosos reconoce que “hay situaciones
complejas, que son difíciles de resolver”, pero insisten en que esos “profundos
dilemas éticos y morales no pueden resolverse de forma genérica con el
sacrificio de uno de los derechos fundamentales afectados (en este caso, el
derecho a la vida) haciendo prevalecer el otro”.
El
enfoque positivo de proteger la vida humana desde el principio hasta el fin es
la mejor forma de luchar contra el mal que significan el aborto y la eutanasia.
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